Ley Nº 8350

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Tipo de Norma: Ley

Número: 8350


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 08350 LEY W 8350

Comprendiendo en los beneficios del artículo 2° de la ley N'-1 6197 a doña Susana de La-valle e hijos, como derecho-habientes del que fue ingeniero don José R. de la Puente.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto:

El Congreso Constituyente ha dado la ley

siguióme:

EL CONGRESO CONSTITUYANTE lía dado la le}' siguiente:

Artículo único m—Compréndase dentro de los beneficios que acuerda el artículo 29 de la ley Nv 6lí)7, a doña Susana de Lavallc e hijos .Tose Rafael Antonio Víctor, Josefina María del Rosario Antonia Marina, Manuel Antonio José Félix y Gonzalo Antonio Jerónimo, como derecho-habientes del que fue ingeniero don José R. de la Puen-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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