Tipo de Norma: Ley
Número: 78
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00078H3F leg. N. : 78 Dispensa de práctica al Er. Cazorla
Lima, 19 de setiembre de 19()o. Excmo Señor:
El Congreso ha resuelto conceder al bachiller don Augusto Cazorla, la dispensa que solicita del tiempo de práctica que le falta para recibirse de abogado.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde á V. E.—M. Ikiooyen,
o y
Presidente del Senado.—Antonio Miró Oi esada, Diputado Presidente. —José Manuel García, Senador Secretario.— Fermín Málaga Santolalla, Diputado Secretario.
Excmo. señor Presidente de la República.
Lima, 2H de setiembre de 1905.
Cúmplase, comuna píese, regístrese y publíquese,--Rúbrica de S. E.—Polar.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.