Tipo de Norma: Ley
Número: 7728
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07728LEY N* 7728
Prorrogando el plazo para la redención de los cheques circulares.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso Constituyente ha dado la ley que sigue:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE
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-4ríícMÍo tínico-—Prorrógase hasta el 15 de mayo, inclusive, el plazo que fija la ley N”9 7488 (1) para la redención de los cheques circulares emitidos bajo el control de la Junta de Vigilancia de la Emisión de
Cheques Circulares.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para
que disponga lo necesario a su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los trein-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.