Tipo de Norma: Ley
Número: 7654
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07654LEY N* '3G54
Dando carácter de ley, a la Resolución Suprema de 15 de octubre de 1931» que ordena la creación de una Escuela Ñor* mal Rural Indígena, en el paraje de Tingua.
PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
i)or cnanto: yl Congreso Constituyente hu dado la ley que sigue:
CONSTJTU YEN'Í
Ha dado ia ley siguiente:
Artículo 1°—Dase carácter de ley, a ift Resolución Suprema (le 15 de octubre de
1031. que ordena la creación de una Escuela Normal Rural Indígena, en el paraje de Tingua.
Artículo 2"—Esta Escuela formará parte integrante de la que se hn creado por la ley N9 5ÍKM, (1) para la enseñanza práctica de agricultura v ganadería.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento,
Cas» del Congreso, en Lima, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos treinta y dos.
Clemente J. fie villa, Presidente del Congreso.
M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.
O. ftcátegui More*/, Secretario del Congreso.
Al señor Presidente Constitucional de 1* República.
Por tanto: mando se imprima, publique, eiieule y se lo dé el debido cumplimiento.
Dado en Ja Cusa de (íobierno, en Lima.
h los tres días del mes de noviembre de mil novecientos treinta V- dos.
CERRO.
SANCHEZ
Bailón Lauda.
(1) Anuario de la Legislación Peruana. Tomo XXII, Pág. 70.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.