Ley Nº 720

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Tipo de Norma: Ley

Número: 720


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 00720

Res. Leg. N.° 720

Alumbrado público de Mirafiores

Lima, 25 de octubre de 1907.

Excmo. señor:

El Congreso, accediendo á la solicitud del alcalde del concejo distrital de Miradores de la provincia de Lima, ha resuelto exonerar del pago de derechos de aduana, a los materiales importados para la implantación del alumbrado público en ese pueblo, 3' que, en compensación de la suma de novecientas trece libras, siete soles dieciseis centavos que la empresa del gas de Chorrillos ha pagado ya por derechos de aduana de esos materiales, se permita á dicha empresa introducir libres de derechos, hasta por igual suma, los materiales que ella importe para su propio servicio, quedando cancelada la obligación contraída por el concejo distrital cíe Miradores á favor de la mencionada empresa.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á Y. E.—M. C. Barrios, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente. — D. Matto, Secretario del Senado. — Mario Sosa, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 25 de febrero de 1908.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese 3’ archívese—Rúbrica deS. E.— Schreiber.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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