Ley Nº 71

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Tipo de Norma: Ley

Número: 71


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 00071

LEY N. 71

Colegio de Huancayo

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo tínico. —Suprímese las contribuciones especiales de “Consumo de harinas” y de “peaje”, creadas por ley de 27 de octubre de 1S91, para el sostenimiento del Colegio de Santa Isabel de Huancayo.

Comuniqúese til Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sitia de sesiones del Congreso, en Lima, á los veintiún días del mes de setiembre de 1905. — M. Irigo-yex, Presidente del Senado. — Antonio Miró y cesada, Diputado Presidente.— Víctor Castro Iglesias, Secretario del Senado.—F. Málaga Santolalla, Diputado Secretario.

Exento, señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.— Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veintisiete días del mes de setiembre de 1905.—Tose Pardo.—Jorge Pohi r.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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