Tipo de Norma: Ley
Número: 7098
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DECRETO-LEY No. 7098
Concediendo a doña Santos Rodríguez, viuda del que fue Maestro del Taller de Talabartería de la Penitenciaría Cen tral, don Carlos Salas, pensión de tepío.
LA JUNTA NACIONAL DE
GOBIERNO
Considerando:
Que don Carlos Salas prestó importantes servicios al Estado, durante más de veinte años, al frente del Taller de Talabartería de la Penitenciaría Central;
Que por resolución suprema No. 273, de
15 de abril de 1929, se acordó someter al Congreso un proyecto de resolución legislativa, concediendo a su viuda, doña Santos
Rodríguez, una pensión de montepío;
Que del expediente remitido por la Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados aparece que dicho proyecto- fue tramitado favorablemente en ambas Cám&ras, habiendo quedado pendiente la remisión al Ejecutivo, para su promulgación;
Que es equitativo auxiliar a la familia de los buenos servidores de la Nación; y
En uso de las facultades legislativas consignadas en el Estatuto de 11 de marzo último;
Concédese a doña Santos Rodríguez, viuda del que fue Maestro del Taller de Talabartería de la Penitenciaría Central, don Carlos Salas, la pensión de montepío de cincuenta soles oro mensuales (S|. 50.00):
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de abril de mil novecientos treintiuno.
D. SAMANEZ OCAMPO.
J. F. Tamayo. — M. A. Vinelli. — U. Reátegui. — Rafael Larco H. — José Gál-vez. — Gustavo A. Jiménez. — F. Díaz Dulanto.
Por tanto : mando se imprima, publique, circule y se le de el debido cumplimiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de abril de mil novecientos treintiuno.
Rúbrica del Presidente de la Junta de Gobierno.
Gálvez.
Decreta:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.