Ley Nº 7064

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 07064

DECRETO-LEY No 7064

Ascendiendo a la cíase de Capitán de Naví de la Armada Nacional al Capitán d Fragata don Carlos Rotalde

la junta nacional de gobierno

Considerando:

Que habiéndose declarado en receso er agosto del año ppdo. el Congreso Nacional no ha sido posible someter oportunamentt a su aprobación los ascensos a las clase que en los Institutos Armados solo deber otorgarse por el Poder Legislativo ;

Que la propuesta que hace el Ministeric de Marina y Aviación, para ascender a la clase de Capitán de Navio de la Armada Nacional al capitán de Fragata don Carlos Rotalde, está conforme a lo prescrito en el título VIII del tomo lo. del Código de la Marina Militar;

Que el artículo 7o. del Estatuto del 11 de marzo del presente año confiere a la Junta Nacional de Gobierno las atribuciones preceptuadas en el inciso 15 del articulo 83 de la Constitución del.Estado;

Apruébase la propuesta presentada por ti Ministerio del Ramo y asciéndase a la dase de Capitán de Navio de la Armada Nacional al Capitán de Fragata don Carlos Rotalde.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a

los veintiocho días del mes de marzo' de mil novecientos treintiuno.

D. SAMANEZ OCAMPO.

J. E. Tamayo. — M. A. Vinelli.— IL Reáíegui. — Rafael Larco H. — Jasé Calvez. — Gustavo A. Jiménez. — Federico Díaz Dulanto.

Lima, 28 de marzo de 1931.

Por tanto: mando se comunique, registre, publique y se le de el debido cumplimiento.

Rúbrica del Presidente de la Junta de Gobierno.

Díaz Dulanto,

Decreta:



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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