Tipo de Norma: Ley
Número: 672
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00672Res. Leg. N.c 672
Exoneración de derechos al instrumental y mobiliario para la Sociedad Filarmónica
de Lima
Lima, octubre 25 de 1907.
Excmo. señor:
El Congreso ha resuelto exonerar de derechos de aduana, hasta la suma de trescientas libras, el instrumental y mobiliario que importe la “Sociedad Filarmónica de Lima”.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—M. C. Barrios, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente.—D. Matto, Secretario del Senado.— Mario Sosa, Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presidente déla República.
Lima, 21 de noviembre de 1907.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.—Rúbrica de S. E.— Arenas.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.