Tipo de Norma: Ley
Número: 6716
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06716Ley N 6716
dado
siguiente:
ley
Ha
único. — Autorízase al Poder para que libere de derechos con-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.