Tipo de Norma: Ley
Número: 6696
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06696Res. Leo.-N9 6696
Crédito suplementario para el Ramo de Marina.
Lima, 10 de enero de 1930.
Señor:
El Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo para la apertura de un crédito suplementario, por la cantidad de dos mil quinientas ochenta libras (Lp. 2,580.0.00)
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.