Ley Nº 6639

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 06639

Ley Nv 6639

Liberando de derechos consulares y de importación quinientos bultos con utensilios, muebles, instrumental y otros enseres, importados por la Comisión Constructora del Hospital de Niños Julia Swayne de Leguía.

EL PRESIDENTE DE LA REPÜPLICA

Por cuanto: el Congreso lia dado la Ies-siguiente :

El Congreso de la República Remana;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único. — Autorízase al Poder E~ jecutivo, para que libere de derechos consulares y de importación, inclusive adicionales, quinientos bultos que contienen utensilios, muebles, instrumental v demás enseres itu-portados por la Comisión Constructora del Hospital de Niños “Julia Swayne de Leguía”, con destino a ese establecimiento.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos veintinueve.

Roberto E. Leguía, Presidente del Senado.

F. A. Mariátegui, Presidente de la Cáma ra de Diputados.

Octavio C. Casa nave t Senador Secreiario.

Carlos A. Olivares, Diputado Secretario. Al señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, regístre y se le dé el debido cumplimiento.

Casa de Gobierno, Lima, cinco de diciembre de mil novecientos veintinueve.

A. B. LEGUIA.

M. G. Masías.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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