Ley Nº 6590

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Tipo de Norma: Ley

Número: 6590


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 06590

Ley N* 6590

Consignado partida para la instalación de una morgue en la ciudad de Ayacucho y compra de instrumentos de cirugía.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso lia dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo tínico. — Consígnese en el Pre-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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