Tipo de Norma: Ley
Número: 6515
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06515Lky N° 6515
Prorogando los efectos de la ley N° 4228, que manda consignar partida para la construcción de un hospital en Puno.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Prorrógase por cinco afios los efectos de la ley N9 4228 (1) que manda consignar en el Presupuesto Óoneral.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.