Tipo de Norma: Ley
Número: 6513
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06513Ley N9 6513
Derogando la contribución eclesiástica
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto; el Congreso ha dado la ley siguiente:
Rl Congreso de la República Peruana; lía dado la ley siguiente:
Ai líenlo único. — Derógíiise el decreto supremo de 26 de junio de 1855 (1), que establece en toda la República, la contribución eclesiástica, y el inciso 2" del artículo 3° de la ley de descentralización fiscal, de 13
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.