Tipo de Norma: Ley
Número: 6471
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06471Ley N9 6471
Cortando los juicios seguidos con motivo de la sublevación de indígenas ocurrida en las provincias de Canas y Espinar.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de ¡a República Peruana;
Ha dado la ley siguiente:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.