Ley Nº 6457

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Tipo de Norma: Ley

Número: 6457


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 06457

Ley N9 6457

Consignando partida para la reparación del cementerio de la ciudad de Huama-chuco.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único. — Consígnese en el Presupuesto General la suma de seiseiVnfnR )J_



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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