Ley Nº 6366

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Tipo de Norma: Ley

Número: 6366


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 06366

Ley X9 6366

Destinando a la adquisición de mobiliario y enseres para el Juzgado de Primera Instancia de Castrovirreyna, los haberes del Agente Fiscal de la misma provincia.

EL PRESIDENTE DE A REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

VI ('nunrcso tir hi Rcbúhlica Peruana:

Ha (laclo la ley siguiente:

Artículo V — Destínase los haberes del Agente Fiscal de la provincia de Castrovi-rrevna. que no han tenido aplicación y míen-tnb se provee dicha pía'/a, a la adquisición de mobiliario y enseres para el Juzgado de Primera Instancia v para la Agencia Fiscal de la mencionad*; localidad, en la proporción de cíen libras (Lp. 100.0.00), para uno y otro despacho.

Artículo T — La suma excedente se api i-cara a la terminación del local escolar del distrito de Castrovirrcyna.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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