Ley Nº 6284

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Tipo de Norma: Ley

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 06284

Res. Leg. N' 6284

Concediendo pensión de montepío a doña María Teresa Cantuarias de Cárdenas.

Lima, 24 de octubre de 1928.

Señor:

El Congreso, do conformidad con la iniciativa del Poder Ejecutivo, ha resuelto reconocer los diez años, seis meses y veintiocho días de servicios prestados al país por el que fue doctor don José Gil Cárdenas, y, en mérito de ellos, conceder a su viuda, doña María Teresa Cantuarías, la pensión de



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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