Ley Nº 6275

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 06275

Res. Leg. N* 6275

Concediendo pensión de montepío a doña

Luz Córdova e hijos, viuda del Sargento Mayor don Benigno Rada.

Lima, 15 de octubre de 1928.

Señor:

El Congreso, de conformidad con la iniciativa del Poder Ejecutivo, y teniendo en

cuenta los servicios prestados a la Nación por el Sargento Mayor don Benigno Rada, lia resuelto conceder a su viuda doña Luz Córdova y a sus menores hijos don Eduardo y doña Beatriz, la pensión de montepío de veinte libras (Lp. 20.0,00), mensuales.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a usted.

Roberto E. Legnía, Presidente del Senado.

C. Manchego Muñoz, Diputado Presidente.

Octavio C. Casanave, Senador Secretario.

Guillermo Rey y Lama, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 23 de octubre de 1928.

Cúmplase, comuniqúese y publíquese.

Rúbricá del señor Presidénte de la República.

Sayón Palacios.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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