Ley Nº 6273

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 06273

Res. Leg. N9 6273

Aumentando la pensión de montepío de

doña María Esther y doña María Mercedes de la Barrera.

Lima, 18 de octubre de 1928.

Señor:

El Congreso, de conformidad con la iniciativa del Poder Ejecutivo, ha resuelto aumentar a dieciseis libras, seis soles y sesenta y seis centavos (Lp. 16.6.66), la pensión de montepío de que en la actualidad disfrutan doña María Esther y doña María Mercedes de la Barrera, hijas del que fue Teniente Coronel don Pablo de la Barrera.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a usted.

Roberto E. Le guía. Presidente del Senado.

C. Manchega Muñoz, Diputado Presidente.

Octavio C. Casanave, Senador Secretario.

Guillermo Rey y Lama, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 23 de octubre de 1928.

Cúmplase, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica de! señor Presidente de la República

Sayón Palacios.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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