Tipo de Norma: Ley
Número: 6157
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06157Ley No. 6157
Determinando fondos para mobiliario de las oficinas de la Corte Superior de La Libelad.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente: •
Artículo único. — Los haberes de los
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.