Tipo de Norma: Ley
Número: 6143
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06143Ley No. 6143
Concediendo clases militares a los dentistas que presten servicios en el Ejército.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1° — Los farmacéuticos y dentistas que p’resten servicios en el Ejército serán considerados como clases militares y con derecho al ascenso, con sujeción a las disposiciones de la ley vigente.
Artículo 2o — A los farmacéuticos y den-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.