Tipo de Norma: Ley
Número: 6057
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06057Ley N9 6057
Exonerando del pago de derechos al cemento que importe la Compañía de la Avenida Unión Limitada.
El. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Exonérase de derecho de i importación, factura consular y demás
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.