Ley Nº 601

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Tipo de Norma: Ley

Número: 601


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 00601

LEY N/ 601

Camino de Chincha á Arma y Huachos y puentes sobre el rio Chincha

NICANOR M. CARMONA

PRIMER YICE-PRESIDENTE DEL CONGRESO

Por cuanto el Congreso ha dictado la le3r siguiente:

Él Congreso de la República Peruana Ha dado la lev siguiente:

i m

Artículo único,—Consígnese en el presupuesto general de la República, por



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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