Tipo de Norma: Ley
Número: 5975
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05975Res. Leg. Nv 5975
Lr ditos suplementarios pan el Ramo de Guerra.
Lima, u de enero de 1928.
Señor:
El Congreso, ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo para la apertura de los siguientes créditos suplementarios: por mil libras (Lp. i,oco.o.oo), a la partida No. 83, 'Vara adquisición de medicinas, material de
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.