Tipo de Norma: Ley
Número: 593
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00593Res. Leg. N. 593
Indulto
al reo Carlos Magui
Lima, 25 de octubre de 1907.
Excmo. señor:
El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 19 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto conceder al reo Carlos Maguí el indulto que solicita del tiempo que le falta para cumplir su condena.
Lo comunicamos á Y. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—M. C. Barrios, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente.— Víctor Castro Iglesias, Senador Secretario.—Mario Sosa, Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presidente de la República.
Lima, 2 de noviembre de 1907.
y
Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.-Rúbrica de S. E -Washburn.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.