Ley Nº 59

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Tipo de Norma: Ley

Número: 59


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 00059

LEY N.° 59 Demarcación de Um

bamba

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana Considerando:

Que es necesario rectificar la demarcación de la provincia de Urubamba y crear en ella los nuevos distritos que reclama su desarrollo industrial;

Ha dado la ley siguiente:

Art. l.°—Anéxase la parroquia de

Chinchero á la nrovinein rl^ TVnhomK<i



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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