Tipo de Norma: Ley
Número: 5885
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05885Ley N° 5885
Derogando la ley No. 4513 sobre local para el Registro de la Propiedad Inmueble.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
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Ha dado la ley siguiente:
Artículo i"—Derógase la ley No. 4513 (1), que concedió al Registro de la Propiedad Inmueble, Mercantil y de la Prenda Aerícola., la propiedad de la finca situada
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.