Ley Nº 5864

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Número: 5864


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 05864

Ley N9 5864

Consignando partida para la reconstrucción del Colegio Nacional de Mujeres, de Santa Rosa de la ciudad de Puno.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha ciado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Consígnese en el Presupuesto General, durante dos años consecutivos, una partida de dos mil quinientas libras peruanas (Lp. 2,500.0.00), para atender a los gastos cute demande el restablecimiento del Colegio Nacional de ‘‘San-ta Rosa5 de instrucción media para mujeres en la ciudad de Puno.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de

setiembre de mil novecientos veintisiete.

Roberto E. Le guía. Presidente del. Senado.

Jesús M. Solazar, Presidente de la Cámara de Diputados.

Aníbal Fernández Dávila, Senador Se

cretario.

Edo. Escríbeos Correa, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Por tanto : mando se imprima, publique, circule v se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de octubre de mít novecientos veintisiete.

A. B. LEGUIA.

Pedro M. Oliveira.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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