Tipo de Norma: Ley
Número: 5811
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05811Ley Nv 5811
Consignando partida para la implantación de alumbrado eléctrico en La Unión.—Provincia Dos de Mayo.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Consígnese en el Presu-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.