Tipo de Norma: Ley
Número: 5761
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05761Res. Leg N9 5761
Crédito suplementario para el ramo de Fomento.
Lima, 25 de enero de 1927.
Señor:
El Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejectivo, para la apertura de un crédito suplementario de mil libras (Lp. 1,000) a la partida No. 2C9 ‘‘para imprevistos,, del plie-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.