Ley Nº 5759

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 05759

Res. Leo. N9 5759

Premio pecuniario a doña María Luisa Larriva y Liona.

Lima, 25 ele enero de 1927.

Señor:

El Congreso ha resuelto conceder a doña María Luisa Larriva y Liona, un premio de mil libras (Lp. r,000.0.00), suma



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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