Tipo de Norma: Ley
Número: 5716
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05716Res. Leg. N 5716
Crédito suplementario para el ramo de Marina.
Lima, 25 de enero de 1927.
Señor:
F.1 Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo para la apertura de un crédito suplementario por un mil quinientas libras (Lp. 1,500.0.00), a la partida número 42 “para gastos de pasajes de licenciados
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.