Tipo de Norma: Ley
Número: 57
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00057Res. leg. N.c 57 Permiso á D. Andrés A. Reinoso
Lima. 31 de agosto de 1903.
Excmo. Señor:
El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 4.° del artículo 41 de la Constitución, ha resuelto conceder al ciudadano don Andrés Aníbal Reinoso, el permiso que solicita para aceptar el cargo de Cónsul ad honorem de la República de Panamá con residencia en la ciudad de Arequipa, que le ha sido conferido por el gobierno de dicha nación.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde á V. E. — M. Irigoyen, Presidente del Senado. — Antonio Miró Quesada, Presidente de la Cámara de Diputados.—José M nuel García, Sena dor Secretario. — Luis Julio Menéndez, Diputado Secretario.
Excmo. señor Presidente de la República.
Limay 7 de setiembre de 1905.
Cúmplase, comuniqúese, publíquese y regístrese,—Rúbrica de S. E.— Prado y
Ugarteche.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.