Ley Nº 5628

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 05628

Res. Leg. N 5628

Premio pecuniario a doña Caíolina Pinto viuda de Val del o mar.

Lma, 14 de diciembre de 1926.

Señor:

El Congreso ha resuelto conceder a doña Carolina Pinto viuda de Valdelomar, un premio pecuniario de cuatrocientas libras, que se consignarán en el Presupuesto General .

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a usted.

E. de la Piedra, Presidente del Senado.

Jesús M. Solazar, Presidente de la Cámara de Diputados.

Julio Revoredo, Senador Secretario.

N. Pérez Velásquez, Diputado Secretario. Al señor Presidente de la República.

Lima, 29 de diciembre de 1926.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y pu-blíquese.

Rúbrica del Presidente de la República.

Masías.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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