Tipo de Norma: Ley
Número: 5625
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05625Ley N9 5625
Concediendo pensión de montepío a la viuda e hijos del General Pablo Clement.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
£/ Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — La viuda e hijos del General don Pablo Clement, disfrutarán por montepío la pensión mensual de cincuenta libras (Lp. 50.0.00), o sea el haber íntegro de la clase con arreglo a la escala de iqi2.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disnoup-n lo necesario a su cumplimiento.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.