Ley Nº 5467

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 05467

Res. Leg. N° 5467

Ascendiendo a la clase de Coronel de Caballería, al Teniente Coronel don Julio C. Bernales.

Lima, 3 de setiembre de 1926.

Señor:

El Congreso, en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso 15 del articulo 83 de la Constitución ha resuelto aprobar la propuesta del Poder Ejecutivo que asciende a la clase de Coronel efectivo de Caba-lleria del Ejercito, al Teniente Coronel de esa misma arma, don Julio C. Bernales

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a usted.

fc. de la Piedra, Presidente del Senado.

Jesús M. Solazar; Presidente de la Cañara de Diputados.

Julio Revoredo, Senador Secretario.

Eduardo Escribens CorreaDiputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 4 de setiembre de 1926.

Cúmplase, comuniqúese y publíquese. Rúbrica del Presidente de la República.

Málaga Santolalla.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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