Ley Nº 5456

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Tipo de Norma: Ley

Número: 5456


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 05456

Lev N9 5456

Creando un impuesto sobre la aceituna que se embarque en lio.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente :

El Congreso de 1a República Peruana

Ha dado la ley siguiente ;

Artículo Io — Créase un impuesto de un centavo por cada kilo de peso bruto, sobre



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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