Ley Nº 5357

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 05357

Autorizando al poder ejecutivo para abrir un crédito suplementario para el ramo de Fomento

Lima, 16 de enero de 1926. Señar:

El Congreso ha resuelto autorizar al Po-clel Ejecutivo para la apertura de un crédito 'suplementario, por nueve mil libras (Lp. 9,000.0.00), a la partida "N0 259, “para imprevistos”, del pliego de Fomento del Presupuesto General de 1925, con cargo a los mayores ingresos del indicado Presupuesto .

Lo comunicamos a usted para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Usted.

E. De la Piedra, Presidente del Senado.

F. A. Mariátegui, Presidente del a Cámara de Diputados.

M. D. Gomales, Senador Secretario.

Eduardo C. Basadre, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente de la República.

Lima, 27 de enero de 1926.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.

Rúbrica del Presidente de la República

Masías.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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