Tipo de Norma: Ley
Número: 5348
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05348LEY N° 5348
Prorrogado hasta el 31 de Diciembre próximo los efectos de las leyes 4908 y 5105.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto : El Congreso ha dado la Ley siguiente :
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente
Artículo Io _ Prorrogase los efectos de las leyes números 4908 y 5105, hasta el 31 de diciembre de 1926
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.