Tipo de Norma: Ley
Número: 5247
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05247Ley N’ 5247
Autorizando al Poder Ejecutivo para abrir
un crédito suplementario para el ramo de Fomento.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
Lima, 21 de octubre de 1925. Señor:
El Congreso ha resuelo autorizar al Po
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.