Tipo de Norma: Ley
Número: 5228
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05228Ley N9 5228
Autorizando al Poder Ejecutivo para abrir un crédito suplementario para el ramo de Guerra.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: c! Congreso ha dado la ley siguiente:
F.l Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Autorízase al Poder Erecutivn nnra ahrir un rrédifn
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.