Ley Nº 5218

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 05218

Res. Leg. N9 5218

Concediendo pensión de montepío a doña Carmen Chávez, viuda de del Prado.

Lima. ~ de octubre de 1925.

Señor:

El Congreso en mérito de los servicios

O

que prestó al país el doctor Eliodoro AI. (leí Prado, durante veinticinco años y ocho dias, ha resuelto conceder a su viuda doña Carmen Chávez, la pensión de treinta libras peruanas mensuales.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento v demás fines.

Dios guarde a usted.

E. de ¡a Piedra, Presidente del Senado.

F. A. Mariátegui. Presidente de la Cámara de Diputados.

M. D. Goncales, Senador Secretario.

V, A. Pcrochena, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 13 de octubre de 1925.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.

Rúbrica del Presidente de la República.

Solazar.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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