Tipo de Norma: Ley
Número: 5174
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05174Ley N.° 5174
Creando un impuesto a la cerveza que se consuma en Lima y Callao, con destino a la construcción de locales escolares y campos deportivos.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
Ha dado la ley siguiente:
Articulo i.°—Grávase la cerveza, que se consuma en las provincias de Lima y Callao, con un impuesto adicional de cuatro centavos por litro.
Artículo 2.a—El rendimiento de es a sobre tasa se dedicará exclusivamente a la construcción, en dichas provincias, de locales escolares y campos deportivos, con sus correspondientes menajes.
Artículo 3.0—Autorízase al Poder Ejecutivo, para levantar, con la garantía del rendimiento de este recargo, un empréstito. por la suma que estime conveniente,
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.