Tipo de Norma: Ley
Número: 5144
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05144Lev. N.° 5144.
Dispensario Antituberculoso para el servicio del Ejército.
EL.PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l.°—Créase para el servicio del Ejército, un Dispensario Antituberculoso, cuvos finen son:
a).—El diagnóstico precoz, mediante el reconocimiento efectuado por el tisiólogo, de todos los considerados por los médicos divisionarios en inminencias tuberculosa.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.