Tipo de Norma: Ley
Número: 5103
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05103Liberando de derechos los muebles que se importen para la dirección de Minas y Petróleo.
Ley N.° 5103
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la Re pública Peruana. Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. Libérase del pago de derechos de Aduana, los muebles que, para
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.