Tipo de Norma: Ley
Número: 5083
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05083Ley N.° 5083
Declarando de propiedad del Concejo Distrital de Huaitará, el fundo Saccsaquero ubicado en la provincia de Castrovi-rreyna.
FOCION A. MARIATEGUI,
Presidente de la Cámara de Diputados. Ejercitando, como Presidente del Congreso, la facultad que le concede el artículo 106 <je la Constitución del Estado.
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Declárase que el fundo “Saccsaquero” ubicado en la provincia de -Castrovirreyna, es propiedad del Concejo distrital de Huaytará.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
E. M. del Prado# Senador Secretario.
Ismael Ganosa Chopitea, Diputado Secretario.
Al señor Presidente de la República.
Por tanto: y no habiendo sido promulgada oportunamente por el Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 106 de la Constitución, mando se imprima, publique, circule y comunique al Ministerio de Hacienda, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintitrés días del mes de marzo de mil novecientos veinticinco.
F. A. Mariátegui, Presidente del Congreso.
Eduardo C. Basadre, Diputado Secretario del Congreso.
Dada en la Sala de Sesiones del Congre- Juan Cobián, Diputado Secretario del so, en Lima, a los veintinueve días del mes Congreso, de noviembre de mil novecientos veinticuatro. Lima. lo. de abril de 1925.
Guillermo Rey, Presidente del Senado. Cúmplase, publíquese, regístrese y archívese.
F. A. Mariátegui, Presidente de la Cá- E. de la Piedra.
mara de Diputados.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.