Ley Nº 5007

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 05007

Res Leg. N.° 5007

Pensión a la viuda del Teniente Coronel

Angel Rodríguez y Rodríguez.

Lima, 16 de enero de 1925.

Señor:

El Congreso, atendiendo a los servicios prestados por el Teniente Coronel don Angel Rodríguez y Rodríguez, ha resuelto conceder como pensión de montepío a su viuda doña María Luisa Iturregui de Ro-

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drígueZ' y Rodríguez, la suma de Lp. 17.5.00, mensuales, o sea la mitad del haber correspondiente a la clas-e de Teniente Coronel, con arreglo a la escala de sueldos vigente.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

Guillermo Rey, Presidente del Senado,

F. A. Mariátequi, Presidente de la Cámara de Diputados.

M. D. Gomóles, Senador Secretario.

Juan Cobián, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 20 de enero de 1925.

Cúmplase, reguistrese comuniqúese y pu-bliquese.

Rúbrica del Presidente de la Reoública

L

La Torre.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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