Ley Nº 4967

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 04967

Res Leg. N.° 4967

Autorizando la apertura de un crédito adicional para el ramo die Gobierno.

Lima, 14 de noviembre de 1924.

Señor:

El Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo, para la apertura de un crédito adicional por Lp. 20,000.0.00 a la par-tidad No. 42S del Pliego de Gobierno, del Presupuesto General, con cargo a los mayores ingresos del ejercicio fiscal en curso.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

Guillermo Rey, Presidente del Senado.

F. A. Mariátegui, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. M. del Prado, Senador Secretario.

Eduardo C. Basadre, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 14 de octubre de 1924.

Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.

Rúbrica del Presidente de la República.

de la Piedra.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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